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Desde marzo de 2022, todas las empresas de más de 50 trabajadores/as están obligadas a contar con un plan de igualdad, con la finalidad de alcanzar la igualdad real entre mujeres y hombres en el ámbito laboral y alinear sus estrategias con el ODS 5 de igualdad de género.
Desde Michael Page, os compartimos las fases que debéis seguir en la redacción del plan de igualdad, si no lo habéis desarrollado aún.
Fase 1 - Comunicación y apertura de la negociación y constitución de la comisión negociadora
El primer paso es comunicar el compromiso de la compañía con la igualdad de género y la creación de la Comisión de igualdad o Comisión negociadora. Este compromiso tendrá que hacerse por escrito siguiendo el proceso especificado en la Ley.
La Comisión ha de ser paritaria entre la representación legal de la empresa y la representación legal de la plantilla. Se procurará que esté formada de manera equilibrada entre mujeres y hombres. Además, es recomendable que, si los participantes en la Comisión no tienen conocimientos ni experiencia suficiente en igualdad de género, se cuente con un asesoramiento externo especializado en esta materia, quienes intervendrán con voz, pero sin voto.
Fase 2 - Realización del diagnóstico
Todo plan o estrategia debe tener un punto de partida y para ello sirve esta fase: para analizar la situación de la empresa y conocer el grado de integración de la igualdad entre mujeres y hombres en la misma. Además, también servirá para detectar aquellas situaciones de desigualdad o discriminación que se estén produciendo o que se puedan producir.
Aquí las empresas deberán analizar todos los apartados que tiene que incluir el diagnóstico de un plan de igualdad que son los siguientes: Proceso de selección y contratación, Clasificación profesional, Formación, Promoción profesional, Condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial entre mujeres y hombres, Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral, Infrarrepresentación femenina, Retribuciones, Prevención del acoso sexual y por razón de sexo. Además, se suelen incluir apartados no obligatorios, pero sí recomendados, sobre Comunicación y Lenguaje Inclusivo y Violencia de Género.
El análisis ha de hacerse desde una perspectiva de género: las condiciones de trabajo de la plantilla, índices de participación dentro de la empresa, acceso a los recursos y desarrollo de las personas que conforman la plantilla para disminuir las posibles brechas salariales detectadas.
En esos aspectos son en los que se basará el Plan de Igualdad. La Comisión, una vez recopilada toda la información, debatirá y negociará las propuestas de mejora que quedarán recogidas en el plan.
Fase 3 - Diseño, aprobación y registro del plan de igualdad
Una vez analizada la situación de partida, hay que definir unos objetivos específicos, cuantitativos y cualitativos, que tengan como fin resolver las desigualdades y necesidades de mejora detectadas en la fase de diagnóstico. Se trata de dar respuesta a la pregunta: ¿Qué podemos hacer como empresa para lograr la igualdad real entre mujeres y hombres?
Después habrá que responder a las siguientes preguntas: ¿Qué acciones serán necesarias para alcanzar los objetivos fijados? ¿Qué recursos necesita la empresa para llevarlos a cabo? ¿Cuáles serán los indicadores de seguimiento para cada acción? ¿Cómo se recogerá la información para la evaluación y el seguimiento? ¿Cuál es el cronograma de aplicación del plan? ¿Quiénes serán los responsables de su ejecución, de su evaluación y seguimiento? Una vez recopilada toda esta información se podrá llevar a cabo la redacción del Plan de Igualdad.
Una vez aprobado el Plan de igualdad por parte de la Comisión Negociadora, se deberá registrar a través de medios electrónicos ante el Registro de la Autoridad Laboral competente (REGCON) dentro del plazo de 15 días a partir de la firma del Plan.
Fase 4 - Implantación y seguimiento del plan de igualdad
Una vez registrado el plan de igualdad, comienza la fase de puesta en marcha de todas las medidas y acciones calendarizadas. Al mismo tiempo se tendrá que ir realizando el seguimiento de las mismas, una fase crucial para verificar que la ejecución de medidas va según lo previsto. Además, este seguimiento servirá para detectar desajustes y poder adoptar medidas correctoras si es necesario. En este sentido, se llevará a cabo una revisión del plan con el fin de añadir, reorientar, mejorar, corregir, intensificar, atenuar o, incluso, dejar de aplicar alguna de las medidas o acciones contempladas.
A partir de estos datos, la Comisión de Seguimiento del plan de igualdad deberá recopilar estos datos en informes de seguimiento, que ayudarán a confeccionar la evaluación intermedia y la evaluación final del Plan, obligatorias por la normativa.
Fase 5 - Evaluaciones del plan de igualdad
La normativa específica que al menos deberán realizarse, con carácter obligatorio, dos evaluaciones del Plan, una intermedia y otra final, y el resultado deberá recogerse en un informe o un acta. Para ello hay que considerar toda la información recopilada en las fases anteriores y elaborar un informe de evaluación que especifique los resultados obtenidos en base a los objetivos e indicadores fijados al principio.
Por último, es importante recordar que la implantación de un plan de igualdad no es un proyecto que empieza y acaba, sino que se encuentra en evolución constante de acuerdo con las nuevas necesidades que se detecten. ¿Necesitas asesoramiento para adaptar tu organización a la nueva normativa? En Page Consulting podemos ayudarte.
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